Inscribir el título de doctor en el documento de identidad y en el pasaporte.
La inscripción es posible, pero está sujeta a ciertas condiciones. Además, hoy en día se incluye en un apartado diferente al de antes, por motivos prácticos.
El título de doctor puede inscribirse en el documento de identidad y en el pasaporte si tiene derecho a utilizarlo. En el caso de los títulos extranjeros, es requisito imprescindible que pueda utilizar la abreviatura «Dr.» sin ningún añadido. La inscripción figura en un campo específico y, expresamente, no forma parte del nombre.
Requisitos
La posibilidad de inscripción depende del derecho a utilizar el título. Quien tenga derecho a utilizar el título, podrá solicitar su inscripción.
Así es como funciona en la práctica
La autoridad competente es la oficina de documentos de identidad o pasaportes de su municipio. Debe presentar el título de doctorado; en el caso de títulos extranjeros, además, los documentos que acrediten el derecho a utilizar dicho título, en su caso una evaluación del título por parte de la ZAB y traducciones juradas.
La inscripción se realiza al expedir un nuevo documento. No se modifica a posteriori un documento ya existente, es decir: si su documento de identidad aún tiene una validez prolongada, se aplicarán las tasas habituales por la expedición de un nuevo documento.
Por qué el título ya no figura en el campo del nombre
Antes, el título de doctor figuraba en el campo del nombre y, por lo tanto, también en la zona legible por máquina. Esto solía causar problemas en el extranjero, ya que las autoridades fronterizas interpretaban «DR» como parte del nombre y, en consecuencia, los datos no coincidían con el documento.
Hoy en día figura en un campo independiente. En la práctica, esto significa que, al reservar vuelos y solicitar visados, debe indicar el nombre sin el título, tal y como aparece en la zona legible por máquina.
Lo que no significa esta anotación
La inscripción no forma parte del nombre y no confiere derechos adicionales. Solo acredita que tiene derecho a utilizarlo, nada más. El reconocimiento en otro país sigue siendo competencia de las autoridades de dicho país.
Y no sustituye a una comprobación: un título que no se puede añadir al nombre no pasa a serlo por el mero hecho de intentar inscribirlo. La autoridad comprueba la legitimidad antes de realizar la inscripción.
Preguntas frecuentes.
¿Puedo hacer que me inscriban el título de doctor en el DNI?+
Sí, si tiene derecho a utilizarlo. La inscripción se realiza al expedir un nuevo documento.
¿El título de doctor forma parte del nombre?+
No. Figura en un campo específico del documento y no en el campo del nombre ni en la zona legible por máquina.
¿Se aplica esto también a los títulos extranjeros?+
Sí, siempre que se le permita utilizar el título «Dr.» sin ningún otro añadido. En el caso de títulos de países fuera de la UE y del EEE, la ZAB evaluará cada caso concreto.
¿Se puede inscribir un doctorado honoris causa?+
Solo con el sufijo «h.c.» o «E.h.» y únicamente si lo ha otorgado una institución reconocida.
¿Cuánto cuesta la inscripción?+
Se incluye en la tasa habitual de expedición del documento. Pueden surgir costes adicionales por la presentación de justificantes o traducciones.
¿Tengo que inscribir el título?+
No. La inscripción es voluntaria y no es necesaria para el uso del título.
Relacionado con este tema.
Primera consulta gratuita y sin compromiso.
15 minutos en línea: analizamos su situación actual, un posible tema y el camino más adecuado.
Deje sus datos de contacto en el formulario. Le llamaremos y aclararemos todos los detalles directamente durante la conversación.